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jueves, 21 de octubre de 2010
IU acusa a Zapatero de «cambiar caras para no cambiar políticas»
El PP admite en privado que el nuevo Gobierno de Zapatero es "mejor"
La secretario general del PP, María Dolores de Cospedal, y el líder del PP andaluz, Javier Arenas, han admitido en una conversación captada por un micrófono abierto que el Gobierno es "mejor" con la última remodelación llevada a cabo por el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero. Principalmente, ambos dirigentes valoran la "proyección pública" del nuevo gabinete.
En una conversación a las puertas del Senado captada por las cámaras de CNN+, un senador popular cuestiona a Cospedal y Arenas si los cambios de ministros representan una mejoría del Gobierno. "En principio, sí", responde en primera instancia Cospedal, que luego es matizada por Arenas: "Bueno, no sé si mejor Gobierno, pero proyección pública, sí".
"Proyección pública, sí", asiente Cospedal a esta consideración de Arenas en una conversación en la que también estuvo presente el portavoz popular en la Cámara Alta, Pío García Escudero.
El corte de CNN+ se inicia con un elogio de Cospedal a la nueva ministra de Medio Ambiente, Rosa Aguilar, de la que dice que "es la izquierda". Cuando el líder del PP andaluz añade que la ex consejera de la Junta de Andalucía "también es muy buena parlamentaria", la 'número dos' del PP tercia: "Y también tiene buena imagen".
El Tribunal de la UE declara ilegal el canon digital aplicado en España
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha declarado este jueves que el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria.
"La aplicación del 'canon por copia privada' a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", señaló la Corte con sede en Luxemburgo en su sentencia de este jueves.
En su sentencia, el Tribunal recordó que la directiva europea 2001/29/CE sobre la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor el derecho exclusivo de reproducción del material sonoro, visual o audiovisual corresponde a los autores, artistas intérpretes y productores. No obstante, admite que los países autoricen copias privadas a condición de que los titulares del derecho reciban una "compensación equitativa" por la utilización de sus obras protegidas
El Tribunal señaló que "compensación equitativa" es la contrapartida del perjuicio sufrido por el autor tras la reproducción no autorizada de su obra protegida, y apuntó que la directiva prevé que se mantenga un "justo equilibrio" entre los titulares de los derechos y los usuarios de prestaciones protegidas.
Un canon para los consumidores, pero no para los fabricantes
La Corte cree que el perjuicio derivado de cada utilización privada, considerada individualmente, puede resultar "mínimo" y no dar origen a una obligación de pago y, además, que pueden presentarse dificultades prácticas para identificar a los usuarios privados y obligarles a indemnizar a los titulares de los derechos. Consideró que los países pueden establecer un "canon por copia privada" que grave a las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital.
El canon sólo es compatible con ese "justo equilibrio" si los equipos se emplean para realizar copias privadas
En cambio, declaró que el canon sólo es compatible con ese "justo equilibrio" si dichos equipos y soportes se emplean para realizar copias privadas, de forma que puedan causar un perjuicio a los autores de obras protegidas.
En ese sentido, indicó que "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva".
Por otra parte, afirmó que una vez que los equipos en cuestión están en manos de "personas físicas" para fines privados, "no es necesario verificar en modo alguno que éstas hayan realizado efectivamente copias privadas ni que, por lo tanto, hayan causado efectivamente un perjuicio a los autores de obras protegidas". En ese sentido, consideró que la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias "basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados".
Señaló que corresponde al juez nacional apreciar si el sistema español del "canon por copia privada" es compatible con la directiva.
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que tras la sentencia, el Gobierno buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial.
SGAE vs. Padawan
El asunto llegó a los tribunales europeos a raíz del caso que enfrenta a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la compañía española de soportes audiovisuales Padawan, S.L., que se niega a pagar el canon compensatorio -recaudado a favor de autores, artistas y productores- por copia privada.
En este caso, la SGAE reclamaba a Padawan -que comercializa aparatos como CD, DVD o MP3-, el pago de una compensación a tanto alzado por copia privada por importe de 16.759,25 euros correspondiente a los dispositivos vendidos entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004. La Audiencia Provincial de Barcelona preguntó al Tribunal europeo si el sistema de gravamen español es conforme con la directiva, y si la SGAE puede reclamar la compensación por todos los dispositivos comercializados o sólo por los destinados a la copia privada.
La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE), Verica Trstenjak explicó en mayo que el canon digital sólo puede gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se utilicen para realizar copias privadas, y no puede aplicarse indiscriminadamente a empresas o profesionales que los utilicen claramente para otras finalidades.
El canon digital español
El canon grava la adquisición de equipos o aparatos de reproducción de libros, así como de equipos o aparatos de reproducción de fonogramas y videogramas, y de materiales de reproducción sonora, visual o audiovisual.
El canon grava la adquisición de dispositivos con capacidad de almacenamiento
El canon se aplica a los fabricantes e importadores de estos equipos y materiales, así como a los "distribuidores, mayoristas y minoristas, sucesivos adquirentes de dichos productos", y se hace efectivo a través de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual.
En el caso de los aparatos y sobre todo materiales de reproducción digital, como son los CD y DVD grabables, así como los lápices de memoria USB, el canon se aplica sin hacer distinción de si el destino del producto es para llevar a cabo copias privadas o para otros distintos, como puede ser el almacenamiento de datos e información generada por un profesional o una empresa.
lunes, 18 de octubre de 2010
IU frena los cambios en el reparto de escaños en la reforma de la Ley Electoral
La reforma de la Ley Electoral ha iniciado su andadura en el Congreso con cambios que buscan, por ejemplo, restar poder a los tránsfugas o evitar que la izquierda abertzale llegue a las instituciones, pero no se tramitará por vía urgente por un veto de IU, en protesta por que no varíe el reparto de escaños.
Finalmente han sido dos las proposiciones de ley registradas en la Cámara: una de ellas, con el apoyo de PSOE, PP, CiU y PNV, recoge la mayoría de los cambios a la Ley Electoral del Régimen Electoral General (LOREG), iniciativa que 'frenará' IU; y otra, firmada sólo por PSOE y PP, que afecta básicamente a la Ley de Partidos.
D e salir adelante esta última reforma, la novedad más importante es que se podrá inhabilitar a cargos ya electos si, tras las elecciones, una sentencia judicial firme declara ilegal a su partido. Socialistas y populares quieren así obstaculizar aún más el acceso a las instituciones de personas vinculadas con el entorno de ETA, según han explicado Txiki Benegas (PSOE) y José Antonio Bermúdez de Castro (PP) en rueda de prensa.
No obstante, esta reforma no cuenta con más respaldo que el de PSOE y PP, y por ello se ha presentado en una iniciativa distinta a la del resto de cambios de la LOREG, que sí cuenta con más apoyos (CiU y PNV).
Esta segunda proposición de ley implica cambios como, por ejemplo, permitir que los españoles residentes en el exterior voten en urna en los consulados (pero sólo en las elecciones autonómicas, generales y europeas, puesto que una vez que entre en vigor la reforma ya no podrán votar en las elecciones locales al no residir habitualmente en el consistorio).
También se "desactivará" el poder de los tránsfugas a la hora de presentar mociones de censura en los ayuntamientos, de manera que para que estas mociones salgan adelante no bastará con la mayoría simple, sino que se exigirá un voto más por cada tránsfuga que firme la moción.
El freno de IU
Izquierda Unida impedirá la tramitación urgente de la reforma (es necesaria la unanimidad de la Junta de Portavoces para que pueda ser así), al entender que con retoques de "maquillaje" se está legitimando un "atraco electoral" a los partidos minoritarios. Gaspar Llamazares ha arremetido contra esta "reforma por entregas", "monstruosa", que compone la nueva ley "a pedazos" y que, por si fuera poco, supone un "fraude a la democracia" y una "burla" al Consejo de Estado.
Una vez que la proposición de ley comience su andadura parlamentaria, IU presentará una enmienda a la totalidad, pero no se limitará a combatir esta reforma en el Congreso, sino que elevará su protesta a todos los ámbitos posibles, desde la vía judicial hasta las manifestaciones en la calle.